El Plan Materno Infantil (PMI) es parte del Programa Médico Obligatorio (PMO): las prestaciones mínimas que todas las obras sociales y prepagas tienen que cubrir, en todos sus planes.
Desde 2021, la Ley 27.611, conocida como ley de los 1000 días, amplió la cobertura del bebé hasta los 3 años. Te contamos qué incluye y cuáles son tus derechos.
En resumen: el embarazo, el parto y el posparto tienen cobertura del 100% y sin copagos desde el diagnóstico del embarazo. Tu bebé tiene cobertura del 100% en su atención, medicamentos esenciales, vacunas y leche indicada por el médico hasta los 3 años.
La cobertura empieza cuando se diagnostica el embarazo y sigue hasta el primer mes después del nacimiento, al 100%, tanto en internación como en atención ambulatoria.
Consultas de control y seguimiento, internación y atención ambulatoria, sin coseguros durante el primer año. Con la Ley 27.611, la atención integral sigue al 100% hasta los 3 años.
Todas las vacunas del Calendario Nacional de Vacunación, al 100%.
Los medicamentos esenciales hasta los 3 años, al 100%.
Si tu bebé no puede recibir lactancia materna por motivos justificados y el médico la indica, la leche de fórmula tiene cobertura del 100%.
Antes del alta, a tu bebé le tienen que hacer estos estudios, obligatorios y sin costo:
Importante: hacé el DNI de tu bebé y sumalo a tu grupo familiar en la obra social o prepaga. Pasado el primer mes de vida, lo necesitás para que siga teniendo cobertura.
La Ley 25.929 de parto respetado forma parte del PMO, así que obras sociales y prepagas tienen que cumplirla. Tenés derecho a:
No pueden aplicarte carencias para lo que cubre el PMO, y el Plan Materno Infantil es parte del PMO (Ley 26.682, art. 10).
Al afiliarte completás una declaración jurada de salud. Hacelo con la verdad: falsearla es una de las causas por las que la prepaga puede darte de baja.
El PMI es igual en todos los planes. Lo que cambia es el sanatorio donde vas a tener el parto, la habitación y los extras. Mirá bien la cartilla de maternidad.
Si trabajás en relación de dependencia o sos monotributista, podés derivar tus aportes a la prepaga y pagar solo la diferencia.
Es la parte del Programa Médico Obligatorio (PMO) que cubre el embarazo, el parto y la atención del bebé. Todas las obras sociales y prepagas tienen que darlo, en todos sus planes.
El PMO cubre al recién nacido al 100% y sin coseguros hasta el año. Con la Ley 27.611 (ley de los 1000 días), la atención integral, los medicamentos esenciales, las vacunas del Calendario Nacional y la leche indicada por el médico tienen cobertura del 100% hasta los 3 años.
No. Estás exenta de coseguros desde el diagnóstico del embarazo hasta 30 días después del parto, en todo lo relacionado con el embarazo, el parto y el puerperio. Las complicaciones también quedan exentas hasta que se resuelven.
No para lo que cubre el PMO, y el Plan Materno Infantil es parte del PMO: la Ley 26.682 (art. 10) prohíbe los períodos de carencia para esas prestaciones. Solo puede haber esperas para extras que no están en el PMO, detallados en el contrato.
Sí, cuando el bebé no puede recibir lactancia materna por motivos justificados y hay indicación médica. Por la Ley 27.611 la leche tiene cobertura del 100%. Fuera de esos casos, el PMO no cubre la leche maternizada, para estimular la lactancia.
Es un análisis de sangre que se le hace al bebé entre las 48 y 72 horas de vida, antes del alta, para detectar enfermedades que no se ven al nacer. Es obligatorio y gratuito, y las obras sociales y prepagas tienen que cubrirlo (Ley 26.279).
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